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Declaran admisible nueva querella de capítulos contra jueza de Garantía de Coyhaique

En diciembre, se le formalizó también por dos delitos de vulneración de secreto, en el marco de la Ley de Drogas.

La Ilustrísima Corte de Apelaciones de Coyhaique declaró admisible una nueva querella de capítulos interpuesta por el Fiscal Regional de Aysén, Carlos Palma Guerra, en contra de la Jueza Titular del Juzgado de Garantía de Coyhaique, Cecilia Urbina Pinto, quien se encuentra actualmente suspendida de sus funciones. 

Este cuarto hecho corresponde a un delito de prevaricación, en el cual la Magistrada Urbina dictó sentencia en una causa seguida contra su hijastro. Este hecho se suma a otra prevaricación de similares características y a una presunta revelación de secreto, en una causa por el delito de tráfico de drogas donde aparecía otro de sus hijastros involucrado.

Es así que, a este familiar de la magistrada, se le dictó esta semana un veredicto condenatorio en su contra por tráfico de estupefacientes, cuya sentencia y pena a cumplir será leída el próximo 14 de julio.

DEFINICIÓN

Por todos estos delitos mencionados, la jueza fue formalizada el 21 de diciembre del año 2021. La querella de capítulos es un antejuicio que declara que existe mérito para la continuación del proceso penal, debiendo ahora el Juzgado de Garantía fijar la audiencia de preparación de juicio oral. 

Este cuarto hecho fue descubierto en el marco de las indagatorias que dirige el Fiscal Regional de Aysén, Carlos Palma Guerra, cuyo equipo cuenta con la participación de la fiscal adjunta María Inés Núñez y la Unidad de Asesoría Jurídica del Ministerio Público. Las diligencias de investigación han sido desarrolladas por la Brigada Antinarcóticos y Contra el Crimen Organizado, Brianco, de la PDI.

Durante la investigación, el Fiscal Regional ha logrado reunir numerosas declaraciones de testigos, informes periciales, prueba documental, especies incautadas, fotografías y otros medios de prueba en general, los cuales han permitido establecer la existencia del delito y la participación. 

NUEVOS HECHOS

Estos nuevos hechos consisten en la dictación de una sentencia condenatoria en un procedimiento monitorio, respecto de un hijastro de la jueza, identificado como Matías Jesús Cáceres Vásquez. Lo anterior y de acuerdo a lo expuesto por la Fiscalía, corresponde al delito de prevaricación, el que se describe en el artículo 224 número 7 del Código Penal. Allí se sanciona al que “cuando con manifiesta implicancia, que les sea conocida y sin haberla hecho saber previamente a las partes, fallaren en causa criminal o civil”.

En este caso, el 22 de julio del año 2020, la jueza Titular del Juzgado de Garantía de Coyhaique, Cecilia Urbina Pinto, en ejercicio de sus funciones, dictó sentencia condenatoria -a través de una multa- en un procedimiento monitorio en contra de Matías Cáceres Vásquez, hijo de su cónyuge, sin declarar el grado de parentesco que los unía.

La querella de capítulos fue declarada admisible por los ministros Sra. Natalia Rencoret Oliva, señores Pedro Castro Espinoza y José Ignacio Mora Trujillo, según señala la resolución del Tribunal de Alzada. 

Tras esta resolución, la defensa de la imputada tiene la posibilidad de presentar un recurso de apelación ante la Excelentísima Corte Suprema, para lo cual tiene un plazo de 5 días.

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