Seremi de Justicia y DDHH indica que cédula y pasaporte son los únicos documentos válidos para sufragar
Ad portas de un nuevo proceso eleccionario, el seremi de Justicia y Derechos Humanos
Samuel Navarro Castro se refirió a los documentos válidos para que los ciudadanos y ciudadanas puedan ejercer su derecho a sufragio en las elecciones de municipales y regionales de este fin de semana, en la oportunidad la autoridad señaló que las personas
podrán votar con su cédula de identidad o pasaporte vigente o que estén vencidos desde el 27 de octubre de 2023.
Al respecto, el seremi señaló que “tal como ocurre en las elecciones en nuestro país, los únicos documentos válidos para sufragar, emitir el voto en estas elecciones municipales y regionales corresponden a la cédula de identidad o al pasaporte que emite el Servicio de Registro Civil e Identificación, por regla general se considera que debe ser el documento que está vigente a la fecha de la emisión del voto, no obstante de acuerdo a la ley de
votaciones, popular y escrutinios se establece una excepcionalidad en cuanto a que aquellos documentos que tengan como fecha de vencimiento 12 meses antes de la votación, esto quiere decir al 27 de octubre del 2023, permitiendo que el elector para efectos de identificación, pueda concurrir a votar, es importante recordar que esta excepción de admitir una cédula o pasaporte vencido solo es para los efectos de la votación, y no para ningún otro trámite o actividad que quiera hacer el ciudadano, solo es una excepción de los 12 meses anteriores para efectos de la votación”.
Rol de los expertos en identificación Ahora, es importante señalar que la ley electoral encomienda al Servicio de Registro Civil e
Identificación la labor de tener un experto de identificación en cada local de votación, en este sentido el seremi Navarro indicó que “es importante recalcar que durante el proceso electoral si la mesa receptora de sufragios tiene dudas respecto a la identidad del elector o hay alguna situación que se presente en relación con el nombre de la persona, los apellidos, la situación registral de su sexo o el orden de los apellidos puede solicitar que un oficial civil que está en el local de votación, verifique, valide la identidad del elector
mediante la toma de la impresión dactiloscópica de las huellas digitales del elector y conforme lo certifique ese oficial civil pueda autorizar o develar la identidad de la persona que está cuestionada y de ser positiva la validación del oficial civil ese elector puede emitir su voto en la mesa correspondiente”.